Si vende, llámenos. Si compra, visítenos.
La cooperación profesional a través de redes de colaboración inmobiliaria como herramienta
para salir de la crisis.
para salir de la crisis.
GASTOS QUE DEBERÁS DE ASUMIR A AL COMPRAR UNA VIVIENDA
¿CONOCES LOS GASTOS QUE DEBERÁS DE ASUMIR A AL COMPRAR UNA VIVIENDA?
Has decidido qué ha llegado el momento de tener tu propia casa. Has comenzado a buscar y ya estás decidido/decidida.
Ha llegado el momento de comprar la casa de tus sueños.
" TU NUEVO HOGAR"
Pero ¿Has contado los gastos asociados a la compra de una casa ?
No te quedes SOLO con el precio que pone en el anuncio. Añádele los gastos. Ese es exactamente, el precio qué te costará.
Desde Tot Torre queremos ayudarte y te damos información para que antes de iniciar los trámites para la adquisición de tu casa, tengas en cuenta cuánto te va a costar realmente.
GASTOS AÑADIDOS A LA COMPRA DE UNA CASA
Seguro qué ya sabes qué la "nueva Ley de la hipoteca" ha introducido cambios que benefician al comprador, liberándole de ciertas cargas que antes tenía que afrontar.
Sin embargo, aún quedan otros gastos de compraventa y asociados a la hipoteca que sí deberás cubrir como comprador. Es fundamental que los valores en su justa medida, ya que pueden representar cantidades considerables.
Vamos a verlo con más detalle.
GASTOS DE LA COMPRAVENTA
*-La partida más importante en este apartado de gastos asociados a la compra de una casa, va a ser la de los impuestos. Si se trata de una vivienda nueva deberás pagar el IVA, que en este caso se eleva al 10% con carácter general.
*-También hay que pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) de la vivienda nueva (pero ya no el de la hipoteca, si la hay). Varía según la comunidad y puede alcanzar el 1,5%.
Si se trata de una vivienda de segunda mano, lo que hay que pagar es el Impuesto sobre las Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este suele ser un porcentaje de entre el 6 y el 10% del valor escriturado de la casa, según la comunidad autónoma. Eso sí, existen tipos reducidos para colectivos especialmente vulnerables.
Siguiendo con la vivienda usada, en este caso el comprador debe hacerse cargo de los gastos de notaría y registro, así como los de gestoría.(Optativa).
GASTOS DERIVADOS DE LA HIPOTECA
Los gastos asociados a la compra de una casa se elevan en el caso de que se solicite un préstamo hipotecario. Tras la entrada en vigor de la nueva ley, algunos de ellos debe asumirlos la entidad bancaria, pero hay otros que recaen en el comprador:
• Tasación: es imprescindible para que la entidad determine el porcentaje de financiación que acepta, normalmente alrededor del 80% del valor tasado. El coste es variable, según el inmueble y el profesional, ya que no hay un precio establecido.
• Comisión de apertura: no es un gasto generalizado, ya que muchas entidades no la aplican, pero conviene conocer que existe y que puede moverse alrededor de 2% del préstamo.
• Notario: el banco es responsable de los gastos de la primera escritura, pero si el comprador desea copias, debe costearlas.
Conocer todos estos gastos asociados a la compra de una casa es importante, independientemente de si se trata de obra nueva o de segunda mano. El incremento que suponen estas partidas puede superar el 15% del valor de la vivienda, lo que en el caso de un inmueble tasado en 300.000 € puede elevarse por encima de los 45.000 €.
Si necesitas ayuda para buscar tu hogar, no lo dudes, llámanos. Estaremos tu lado en la búsqueda de la vivienda que mejor se adapta a tus necesidades y te acompañaremos en todo el proceso. Ponemos nuestra experiencia de más de 15 años a tu disposición con la seguridad de que quedarás satisfechos.
¡¡NOS GUSTA HACER BIEN NUESTRO TRABAJO!!
PREPARÁNDONOS PARA LA SALIDA.
Hoy queremos comenzar la semana 7 de confinamiento y el 43 día de no poder vernos, con una sonrisa.
La foto es una viñeta que F. Ibañez hizo a los APIS.
Ahora no podemos enseñar vuestra vivienda, y tampoco buscaros el hogar que estáis necesitando, pero sabéis que estamos aquí, a vuestro lado, a través del teléfono, email o wassap.
Y qué CUANDO TODO ESTO ACABE, que ya queda menos,estemos en posición de salida y con más fuerza que nunca.
Ánimo, amig@s. Entre tod@s podemos.
Hola, amig@s. ¿cómo estáis?
Estamos viviendo un momento histórico sin precedentes. Es como estar inmerso en un mal sueño del qué deseas despertar. La crisis actual está teniendo un fuerte impacto en la salud de muchos de nuestros seres queridos, además de en los trabajos de los que dependemos y en la economía mundial.
Por ello creo que debemos de afrontar estos malos momentos con la esperanza de que, cuando esto acabe, se abrirán muchas posibilidades y retos. Ahora debemos de aprovechar el tiempo del que disponemos para pensar estrategias y desafíos qué nos permitan superarlo pronto.
Y debemos de hacerlo todos juntos, porque, como estamos viendo, JUNTOS SOMOS MÁS FUERTES.
Seguro que, si habéis visto o leído los testimonios solidarios de muchos de nuestros compatriotas, os habéis sentidos orgullosos del ser humano.
Yo al menos sí.
Y pienso que todos tenemos algo que decir y aportar en estos tiempos difíciles.
Desde TOT TORRE quremos poner nuestro granito de arena y estar al lado de todos nuestro vecinos.
De las pequeñas empresas y de los servicios y estamos preparando un especial Cel Obert DIGITAL "VECINOS"
https://issuu.com/revistacelobert
Debemos recordar a la gente que nos rodea que no están solos, que pueden contar con todos nosotros. Que JUNTOS, SERÁ TODO MÁS FÁCIL.
Cuando esto acabe, -como siempre, pero ahora más que nunca-, consumamos productos y servicios de proximidad.
Dicen que nuestros hogares suelen ser un reflejo de las personas que vivimos en el.
En nuestros hogares, todas la cosas que nos rodean, de un modo u otro encierran una historia, tiene un porqué. Es algo que hemos elegido. O, tal vez no. En más de una ocasión, algunos de los objetos con los que conviviremos, nos han sido regalados.(Los llamados "pongos")
Ya se trate de una foto, una lámpara o un sofá, todos esos pequeños detalles desvelan quién habita en ese hogar. Cada casa trasmite una larga historia de decisiones, sentimientos, comportamientos...
El espacio en el que habitamos desvela nuestra personalidad. Es un fiel reflejo de nuestras vidas.
La decoramos en función de nuestro gusto, o de nuestro bolsillo. Según nuestros valores o nuestras prioridades en la vida. La llenamos de libros, o de figuras. De fotos de nuestros amados, o nos acompañan paredes vacios. El color de nuestras paredes también refleja como pensamos y nos acompañan en el día a día nuestro estado de ánimo y nuestro bienestar.
Los hay que son ellos mismos quien decoran a su gusto y otros que eligen a quien decora su hogar.
Casas para enseñar, o casas para vivirlas.
Casas que a primera vista, demuestra cómo somos.
Obligación de obtener el certificado energético para particulares que quieren vender su vivienda
Desde el pasado 1 de junio todo propietario que quiera vender o alquilar su vivienda usada (construida antes de 2007) debe contar con el certificado de eficiencia energética en cumplimiento del real decreto 235/2013, de 5 de abril. te resolvemos las dudas más relevantes al respecto
1) ¿qué es el certificado energético?
es un documento que incluye la calificación de la eficiencia energética y el consumo de un edificio o parte de éste (vivienda, local, oficina etc.), información del procedimiento, descripción de las características energéticas y recomendaciones de mejora viables. la calificación debe registrarse en un organismo oficial de la comunidad autónoma correspondiente para que tenga el carácter de certificado
2) ¿quién está obligado a tener el certificado energético?
el propietario o promotor que quiera vender o alquilar su vivienda debe contar con el certificado energético desde el pasado 1 de junio. además, tanto el propietario como el promotor son los responsables de presentar el certificado en el organismo correspondiente para su registro
3) ¿cuándo es obligatorio contar el certificado energético?
desde el pasado 1 de junio de este año es obligatorio tener el certificado energético para alquilar o vender una vivienda y este documento se deberá entregar al comprador o mostrar al nuevo inquilino. sin embargo, también se necesita la etiqueta energética que deberá emitir la comunidad autónoma pertinente
4) ¿hay un plazo de adaptación para las ccaa?
el real decreto da un plazo de tres meses desde su entrada en vigor (el pasado 14 de abril) para que las comunidades autónomas aprueben la regulación de los certificados energéticos
5) ¿qué comunidades autónomas cuentan ya con un registro de certificaciones energéticas?
las mayoría de las ccaa cuentan ya con un registro y las primeras en tenerlo fueron andalucía, valencia, galicia y canarias, según la tasadora tinsa. por ejemplo, país vasco, la comunidad de madrid, castilla y león, navarra, murcia, cantabria, aragón o galicia cuentan tanto con un registro como con una regulación que habilita el registro
6) ¿qué organismo controlará los certificados energéticos?
el real decreto en su artículo 5 concede la competencia a las comunidades autónomas, así que son las que deben regular la certificación energética y crear un registro oficial donde se inscribirán todas las certificaciones. algunas ccaa cobrarán una tasa, como castilla la mancha
7) ¿qué ocurre cuando se registra el certificado energético en el organismo oficial?
registrar el certificado en el organismo autonómico supone conceder la etiqueta energética obligatoria para vender o alquilar el inmueble
8) ¿qué vigencia tiene el certificado energético?
tendrá una validez de 10 años y el propietario será responsable de la renovación o actualización conforme a lo que establezca el órgano competente de la comunidad autónoma.
9) ¿cuánto costará el certificado energético?
los expertos de la tasadora tinsa afirman que el precio lo fijará el mercado, es decir, la ley de la oferta y la demanda. se ha fijado un precio medio de unos 250 o 300 euros pero todo dependerá de las dimensiones de la vivienda y de la oferta de profesionales certificadores
10) ¿qué consecuencias hay si no se tiene el certificado a la hora de vender o alquilar?
el real decreto determina un régimen sancionador por incumplimiento de este requisito obligatorio en toda compraventa o alquiler de un inmueble. el partido popular ha incorporado a través de varias enmiendas al proyecto de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas el listado de infracciones en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios y el régimen sancionador. hay tres tipos de sanciones, una leve, otra grave y otra muy grave y las cuantías de las sanciones van desde los 300 euros hasta los 6.000 euros. infracción muy grave será cuando se falsee la información en la expedición o registro de los certificados, actuar como técnico certificador o publicitar un certificado que no esté registrado; infracción grave será incumplir la metodología de cálculo del procedimiento básico para la certificación, no presentar el certificado ante la ccaa para su registro, exhibir una etiqueta que no se corresponda con el certificado real, y vender o alquilar un inmueble sin que el vendedor entregue el certificado en vigor al comprador o arrendatario. constituirán infracciones leves publicitar la venta o alquiler de viviendas que deban disponer de certificado sin hacer mensión a su calificación, no exhibir la etiqueta de eficiencia cuando es obligatorio o exhibir una sin el formato y contenido mínimos, expedir certificados sin la información mínima, incumplir las obligaciones de renovación o actualización de los certificados, no incorporar el certificado en el libro del edificio y publicitar la calificación del proyecto cuando ya existe la del edificio terminado
11) ¿de qué manera se va a vigilar el cumplimiento de este requisito obligatorio?
el real decreto menciona en su artículo 10 que las ccaa deberán vigilar y comprobar el cumplimiento de la obligación de contar con el certificado de eficiencia energética pero la realidad es que a día de hoy casi ninguna dispone de un cuerpo de técnicos especializados. según álvaro j.martín ropero, director general comercial de tinsa, sólo hay una autonomía que dispone de un equipo de técnicos preparados para vigilar que se cumple con el requisito, aunque no ha querido precisar cuál. además, asegura que hay expertos que se están ofreciendo a los organismos oficiales para hacer esta labor
12) ¿puede un particular denunciar al propietario por no disponer del certificado?
desde el pasdo 1 de junio cualquier consumidor puede denunciar a aquel propietario que quiera venderle o alquilarle una vivienda sin el certificado energético. puede darse el caso de que el propietario cuente con el certificado pero aún no lo ha podido registrar porque la ccaa pertinente todavía no tiene habilitado el registro. en estas situaciones, el propietario puede respirar tranquilo
13) ¿quién podrá ser certificador?
será emitido por un técnico competente elegido libremente por el propietario. según tinsa, técnico competente será un arquitecto, arquitecto técnico o ingenieros. aquellas personas que se sacaron el título de certificador sin ser ingeniero por el momento no podrán emitir certificaciones. el ministerio de educación está inmerso en llegar a un acuerdo para que este tipo de personas que han conseguido el título puedan llevar a la práctica el certificado, según recuerdan desde tinsa. además, los colegios de arquitectos cuentan con un listado público al que acudir para elegir un arquitecto competente en la materia. por ejemplo, el colegio de arquitectos de madrid cuenta con un listado para elegir a un certificador homologado
14) ¿qué edificios están exentos del certificado energético?
los edificios y monumentos protegidos oficialmente, los lugares exclusivos de culto o actividades religiosas, las construcciones provisionales (para uso previsto igual o menor a dos años), las partes no residenciales de edificios industriales, de la defensa y agrícolas, los edificios o partes de edificios aislados con menos de 50 m2 útiles y edificios con un uso menor de 4 meses al año
15) ¿cuál es el fin del certificado energético impuesto desde europa?
la finalidad es que las viviendas en españa sean lo más eficientemente posibles pero el resultado de la calificación energética de una vivienda no conlleva ningún tipo de consecuencia, es decir, se trata de un documento informativo y no vinculante. el objetivo del gobierno y de europa es lograr que aquellas viviendas con peor calificación energética sean sometidas a reformas para mejorar su eficiencia energética. el horizonte es que todas las viviendas que se construyan a partir del 31 de diciembre de 2020 tengan un consumo de energía casi nulo, tal y como está establecido en la disposición adicional del real decreto 235/2013, de 5 de abril. dicho real decreto busca conocer el estado actual del parque de viviendas de españa para saber qué medidas establecer para mejorar su eficiencia.
Artículo de idealistas.
Certificado de Eficiencia Energética. Obligatorio desde el día 1 de Junio del 2013.

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